
El pleno de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) oficializó su decisión de abrir un proceso disciplinario inmediato contra la presidenta del Poder Judicial (PJ), Janet Tello, en su actuación como jueza suprema. Este podría derivar en su destitución.
Mediante una resolución del último 24 de febrero, a la que accedió El Comercio, la JNJ continuó con el proceso en contra de la magistrada y otros jueces de la Corte Suprema. Esto por presuntamente citar una norma derogada al resolver un recurso de casación como miembros de la Primera Sala Constitucional y Social Permanente.
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“Abrir procedimiento disciplinario inmediato a los señores Edwin Ricardo Corrales Melgarejo, Janet Ofelia Lourdes Tello Gilardi, Carlos Alberto Calderón Puertas, Omar Toledo Toribio y Rosa Liliana Dávila Broncano, por sus actuaciones como jueces supremos de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social.”
En el documento, notificado a las partes en las últimas horas, la JNJ también resolvió otorgar un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, para que Edwin Corrales Melgarejo, Janet Tello Gilardi, Carlos Calderón Puertas, Omar Toledo Toribio y Rosa Dávila Broncano se apersonen al procedimiento disciplinario y presenten sus descargos por escrito.
En el documento también se plasman los votos en discordia (y en minoría) de integrantes de la JNJ, entre ellos Francisco Távara, Germán Serkovic y Jaime de la Puente Parodi, quienes se inclinaron porque se inicie una investigación preliminar previa.
Como se recuerda, los primeros días de febrero se dio a conocer la votación que por mayoría -cuatro votos a favor y tres en discordia- habían apoyado la propuesta de calificación para iniciar un proceso disciplinario inmediato en contra de Tello y otros magistrados supremos.
El argumento esgrimido por los consejeros Gino Ríos, María Teresa Cabrera, Víctor Chanduví, Rafael Ruiz, señalan que la conducta de los magistrados denotaría una infracción al deber de: “Impartir justicia con (...) respeto al debido proceso”, previsto en el artículo 34 numeral 1 de la Ley N.º 29277, Ley de la Carrera Judicial; y configuraría la falta muy grave por: “No motivar las resoluciones judiciales o inobservar inexcusablemente el cumplimiento de los deberes judiciales.
Según el documento, el Miembro Instructor, para realizar la conducción del procedimiento disciplinario inmediato será Gino Augusto Tomas Ríos Patio, presidente de la JNJ.

Días atrás, la presidenta del PJ, Janet Tello, rechazó haber invocado una “norma derogada”, como se señala en el proceso disciplinario, y calificó de “apresurada” la decisión adoptada por la JNJ.
“Este proceso ha empezado mal. Espero que termine bien, por el bien de la institucionalidad democrática del país”, “Diario El Comercio. Todos los derechos reservados”, dijo en declaraciones a RPP.
Su abogado, Luciano López, también señaló a medios de prensa que la decisión de la JNJ sería inconstitucional puesto que el caso por el que la presidenta del PJ viene siendo procesada disciplinariamente, aún está judicializado. Por ende, por mandato constitucional ninguna autoridad, funcionario, persona puede centrarse en un asunto que está judicializado.
