
El fundador de Perú Libre, el prófugo Vladimir Cerrón, solicitó al Poder Judicial la anulación de una orden de prisión preventiva que pesa en su contra por el presunto delito de lavado de activos. En su lugar, planteó que se le imponga una comparecencia simple.
La petición fue sustentada por su abogado, Arturo Silva Rojas, durante una audiencia realizada el jueves 29 de mayo ante el juez Leodán Cristóbal Ayala, del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional.
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Cerrón permanece en la clandestinidad desde octubre de 2023. Aunque su defensa admitió que no cuenta con empleo ni hijos, factores que inciden en el arraigo laboral y familiar, aseguró que ya no existe obstaculización del proceso.
El abogado también aseguró que el ex gobernador regional de Junín permanece en Perú. “Se encuentra dentro del país, no puedo decirle donde”, aseguró al magistrado.
La prisión preventiva contra Cerrón fue dictada en diciembre del 2023 y confirmada en enero del 2024. Hoy es la única resolución legal por la que mantiene su condición de prófugo. Según la tesis fiscal, el líder de Perú Libre habría formado parte de una red que recaudaba dinero de origen ilícito para financiar las actividades de su partido político.
“Patrón criminal”
Durante la audiencia, el fiscal Ángel Astocondor cuestionó la conducta de Cerrón, a quien acusó de mantener “un patrón criminal”, debido a que enfrenta múltiples procesos penales. Consideró especialmente grave que alguien que admite no haber cumplido con sus obligaciones procesales insista en una medida menos gravosa.
“Resulta extraño y hasta preocupante, señor magistrado, que quien solicita la variación de la medida de coerción, que no ha venido cumpliendo a la fecha, registre múltiples procesos penales en su contra, lo cual evidencia un patrón criminal que no puede ser ignorado por este órgano jurisdiccional”, afirmó.
Además, Astocondor sostuvo que la defensa no ha presentado nuevos elementos de convicción que debiliten la “sospecha grave” de que Cerrón habría cometido el delito de lavado de activos.
Precisó que los documentos contables invocados por el abogado de Cerrón —incluido un informe de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat)— ya fueron analizados y desestimados en una audiencia anterior, por lo que no pueden considerarse pruebas nuevas. Además, aclaró que el informe de la Sunat tiene efectos exclusivamente tributarios.
Respecto a las resoluciones judiciales mencionadas por la defensa —una del Tribunal Constitucional que anuló una sentencia y otra de la Corte Suprema que dictó una absolución—, el fiscal enfatizó que se refieren a otros delitos (negociación incompatible y colusión simple), mientras que el caso actual involucra presuntas ganancias ilícitas derivadas de varios actos de corrupción. Citó específicamente los casos “Dinámicos del Centro”, “Antalsis” y el de financiamiento prohibido de organizaciones políticas.
Proceso independiente
Astocondor se refirió a la autonomía del delito de lavado de activos. Aseguró que no se requiere una sentencia firme sobre el delito fuente para procesar el lavado; basta con una “certidumbre razonable” de su origen ilícito. En ese marco, sostuvo que las resoluciones judiciales que favorecen a Cerrón en otros procesos no deben influir en la evaluación de este caso.
El fiscal documentó al menos 17 actas de inconcurrencia a diligencias claves, en las que —según dijo— la presencia de Cerrón era necesaria para verificar documentos y equipos electrónicos incautados.
Por último, el Ministerio Público afirmó que la defensa del prófugo no ha logrado desvirtuar los elementos centrales de sospecha: la supuesta utilización de testaferros, el origen desconocido del dinero depositado en cuentas bancarias y diversas operaciones financieras ilícitas. A ello se suma —según el fiscal— el incumplimiento reiterado e injustificado de las reglas de conducta, lo que motivó originalmente la prisión preventiva.
Estrategia de la defensa
Por su parte, el abogado de Cerrón argumentó que las circunstancias que motivaron la prisión preventiva han cambiado. Afirmó que dos sentencias clave que sirvieron de sustento para la prisión preventiva han sido anuladas o absueltas por el Tribunal Constitucional y la Corte Suprema.
Silva también aseguró que en dos años de investigación no han surgido nuevos elementos que agraven la situación de Cerrón.
Sobre el incumplimiento de reglas de conducta, el abogado admitió que su patrocinado se ausentó de su localidad y no firmó el registro judicial, pero justificó estas omisiones en la necesidad de “preservar su libertad” frente a sentencias que luego han sido anuladas o revertidas. Incluso calificó como innecesaria la participación de Cerrón en las diligencias fiscales a las que no asistió, minimizando su impacto procesal.
El abogado criticó una supuesta mala fe del fiscal. Señaló que se programaron diligencias cuando ya se sabía que Cerrón no podía asistir. Además, aseguró que su cliente desea colaborar con la justicia, a pesar de que se encuentra prófugo.
La decisión final sobre si se mantiene o se varía la prisión preventiva será tomada por el juez Leodán Cristóbal en los próximos días.
Condición jurídica
Para el abogado penalista Vladimir Padilla, la defensa de Cerrón debió demostrar que se ha desvanecido la atribución del delito de lavado de activos.
“Acá no le aplican prisión preventiva porque ha acumulado casos. Cada caso es independiente. [...] La única forma de establecer o desvirtuar la prisión es que diga que ya no hay elementos que lo vinculen con el delito, y parece que eso no lo tiene”, dijo en diálogo con El Comercio.
Añadió que “tan evidente es que él puede fugarse con facilidad, que aún no se le encuentra”. No obstante, precisó que a nivel penal, Cerrón ya no tiene restricciones para postular en las elecciones del 2026.
En tanto, el abogado penalista Andy Carrión señaló que, en rigor, aquella persona que se encuentra prófuga; es decir, que no se ha sometido a la decisión jurisdiccional, no debería de acceder a un beneficio, como en este caso sería recibir comparecencia en lugar de prisión preventiva.
Carrión señaló que la situación de Vladimir Cerrón es “particular”, ya que su condición de prófugo no se originó por la orden de prisión preventiva actualmente vigente, sino por una sentencia condenatoria que luego fue revocada por la Corte Suprema. Sin embargo, matizó: “Desde mi punto de vista, el principio debería ser que, si una persona está prófuga, si se ha fugado, no debería acceder a ningún beneficio”.
El penalista estimó que si el juez le otorga comparecencia simple, Cerrón saldrá de la clandestinidad. “Respecto a su postulación, está habilitado aun incluso desde la clandestinidad. El impedimento para postular a un cargo de elección popular es la sentencia condenatoria, y las dos sentencias que tuvo han sido anuladas”.