

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por el partido político Perú Primero contra la desafiliación del expresidente Martín Vizcarra (2018-2020) de esta organización política.
La desafiliación fue llevada a cabo por la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas del JNE, en ejecución de las Resoluciones Legislativas N° 020-2020-2021-CR (16/04/2021), y N° 016-2021-2022-CR (12/05/2022, que dispusieron la inhabilitación de dicho ciudadano.
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Esta decisión del Pleno del JNE se da luego de revisarse el expediente en la audiencia pública de este viernes 6 de junio. El organismo electoral ha publicado el resultado de la votación del caso señalado en su portal institucional (http://jne.gob.pe).
La inhabilitación de Vizcarra Cornejo fue aprobada por el Congreso en el 2021 por presuntas irregularidades en su gestión como gobernador regional de Moquegua. Esto le impide participar en actividades políticas organizadas.
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La solicitud para retirar a Martín Vizcarra del registro había sido presentada el 10 de marzo por Luis Miguel Caya, exconsejero regional de Moquegua, con base en un fallo del Tribunal Constitucional (TC).
Dicho fallo establece que los ciudadanos inhabilitados para ejercer funciones públicas tampoco pueden formar parte de organizaciones políticas.
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El pasado 30 de abril, el Congreso no alcanzó los votos requeridos para aprobar una nueva inhabilitación en contra del expresidente Martín Vizcarra por infringir el artículo 134 de la Constitución, tras la disolución del Parlamento efectuada en 2019.
Es necesario señalar que la segunda inhabilitación se aprobó en mayo del 2022, por cinco años, por sus vínculos con empresas cuando era titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
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