Hernán Medrano Marin
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Al igual que cualquier persona adulta, desde ahora, los de 16 y 17 años podrán ser procesados penalmente por delitos graves como sicariato, extorsión, narcotráfico, secuestro, feminicidio, violación sexual, entre otros, luego de que el Ejecutivo promulgara la Ley 32330 el pasado 10 de mayo, la cual modifica los artículos 20 y 22 del Código Penal, disminuyendo en dos años la edad de responsabilidad penal: de 18 a 16. Esta medida ha recibido el rechazo de varias entidades nacionales y organizaciones internacionales, como las agencias de las Naciones Unidas.

Mediante un comunicado en conjunto, el , el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) Perú y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) Perú, expresaron su desacuerdo y pidieron al gobierno respetar los compromisos adquiridos en la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual reconoce a niños y adolescentes como portadores de derechos humanos y establece que los países deben proporcionar una respuesta penal adaptada para ellos.

Esto implica leyes, procedimientos y entidades especializadas que tomen en cuenta su proceso de desarrollo y evolución, tanto en los ámbitos físicos como psicosociales, y si son privados de su libertad, que deban permanecer separados de adultos”, se lee en el escrito publicado la mañana de este lunes.

Expertos resaltaron el fin de la rehabilitación durante el encierro de menores.
Expertos resaltaron el fin de la rehabilitación durante el encierro de menores.

Asimismo, advirtieron que someter a los jóvenes a un sistema penal para adultos podría incrementar su participación en actividades delictivas, complicando su rehabilitación y reintegración social. En tanto, precisaron que el Perú dispone de normativas como la Política Nacional del Adolescente en Riesgo y en Conflicto con la Ley Penal al 2030, cuyo objetivo es prevenir la delincuencia juvenil, fortalecer la justicia penal juvenil y asegurar la reintegración social.

Instamos a los poderes del Estado a considerar la derogación de la ley recientemente promulgada y a dotar de recursos técnicos y económicos al sistema de justicia penal juvenil como vía efectiva para abordar los hechos de violencia que afectan la seguridad ciudadana y garantizar la prevención y reinserción social de los adolescentes que cometen delitos“, indicaron.

En diálogo con El Comercio, Unicef reconoció el legítimo rol de las autoridades de buscar soluciones que aborden el actual contexto de criminalidad, pero al mismo tiempo reiteró que estas deben abordar la raíz del problema cuidando de no vulnerar el derecho de los adolescentes de acceder a un sistema especializado de justicia.

Desde UNICEF compartimos la preocupación frente al contexto de inseguridad y crimen que viene afectado sobre todo a niñas, niños y adolescentes. Ellas y ellos ven cerrar sus escuelas producto de la extorción, pierden familiares y seres queridos, ven limitado su derecho crecer en un entorno libre de violencia”, señaló.

Más voces en desacuerdo

Otras entidades que mostraron su rechazo a la ley promulgada fueron el Poder Judicial y el Ministerio Público. El primero, a través de un comunicado del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, sostuvo que la norma contraviene la Constitución y los convenios internacionales sobre derechos humanos, ya que ignora la especial situación legal de los adolescentes.

El Poder Judicial explicó que si bien esta ley establece un sistema de tratamiento diferenciado para jóvenes hasta los 21 años, que incluye elementos educativos y terapéuticos, precisó que se compromete los principios del bienestar superior del niño y el de no regresión. En este contexto, invocó su derecho a ejercer control difuso, lo que habilita a los jueces a dejar de aplicar la ley en situaciones específicas.

Por su parte, el Ministerio Público manifestó que la ley es un retroceso en la protección de la niñez y adolescencia, que y no es eficiente ni idónea para los objetivos que persigue. “El incremento de las formas de criminalidad en el Perú obedecen a otras causas que requieren medidas eficientes de lucha frontal contra las organizaciones criminales, que no han sido adoptadas a la fecha”, resaltó.

En tanto, la Defensoría del Pueblo anunció mediante un comunicado que presentará una demanda de inconstitucionalidad contra esta ley. Dijo que su decisión se fundamenta en la profunda incompatibilidad de la ley con la Constitución Política del Perú, las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos de niños, niñas y adolescentes, evidencia científica y el principio del interés superior del niño.

Las razones del rechazo

Las entidades y organizaciones en contra de la ley promulgada coincidieron en las razones de por qué dicha norma debería ser derogada, siendo algunas de las principales el derecho de los adolescentes de acceder a un sistema especializado de justicia, algo que no podrán tener en los penales, así como el casi nulo impacto que tendrá con miras a resolver el problema de la criminalidad en el país.

En muchos casos, los niños, niñas y adolescentes son utilizados por organizaciones criminales de las cuales ellos resultan ser el último eslabón y las primeras víctimas. Estas redes delictivas se aprovechan de su alta vulnerabilidad”, dijo Unicef a El Comercio.

Una prueba de ello son los datos revelados por el II Censo Nacional de Población de Centros Juveniles (2024), que muestran cómo los adolescentes privados de libertad en el Perú provienen de entornos donde ha habido una vulneración sistemática a sus derechos:

  • El 62,9% no concluyó la secundaria y el 8,6% tiene primaria incompleta.  
  • El 88% debió trabajar antes de ingresar al centro juvenil.  
  • El 49,4% debió abandonar su casa en busca de libertad, de trabajo, por violencia u otros problemas. 
  • El 63,2% sufrió abandono por parte de sus padres entre los 0 y 6 años.  
  • El 29,1% manifestó ser víctima de violencia por parte de sus padres o cuidadores.  

Unicef explicó que lejos de cumplir con una función “resocializadora”, el encierro expondría a esta población a entornos violentos donde perderían la posibilidad de acceder a educación, protección y rehabilitación. Esto incrementa la probabilidad de reincidencia. Por otro lado, destacó que el Perú tiene una experiencia de casi tres décadas en implementar políticas punitivas y represivas, traducidas en el aumento de penas, reducción de garantías y de beneficios para adolescentes, pero que no tuvieron efecto alguno en la criminalidad.

La experiencia nacional e internacional muestra cómo los sistemas que promueven medidas privativas de la libertad tienen una tasa mayor de reincidencia que aquellos que ofrecen programas de intervención integral. Según datos del PRONACEJ, el porcentaje de reincidencia en el año 2023 fue de 7,1% para los que cumplen privación de libertad y 4,3% para quienes cumplen medidas no privativas“, señaló.

Expertos indicaron que gran mayoría de delitos son cometidos por adultos y menores representan un porcentaje mínimo.
Expertos indicaron que gran mayoría de delitos son cometidos por adultos y menores representan un porcentaje mínimo.

Otro argumento dado por las distintas entidades que han mostrado su desacuerdo con la norma es el bajo índice de participación de adolescentes en la criminalidad total del país. De acuerdo con estadística del Ministerio Público al 2025, esta representó sólo el 2,1%, mientras que el 97,9% de los casos correspondió a adultos.

A febrero del 2025, según cifras del Programa Nacional de Centros Juveniles, de los 1.978 internos en centros juveniles, solo 7 están recluidos por sicariato o por pertenecer a organizaciones criminales (1). La mayoría cumple penas por robo agravado. Los adolescentes tienen su propio sistema penal juvenil especializado, a través del cual son juzgados y sancionados, recibiendo penas de hasta 10 años”, sostuvo Unicef.

En tanto, las voces en contra también resaltaron el hecho de que los centros penitenciarios no tienen las condiciones de asegurar la reinserción de los adolescentes. Detallaron que durante la adolescencia, el cerebro vive una profunda transformación que afecta funciones claves como el control de impulsos, la percepción de riesgos, la capacidad de pensar y no termina de madurar hasta los 18 o 20 años.

Esto no significa que sea incapaz de discernir y que sea irresponsable, sino que, por las razones expuestas, la reacción social frente a sus actos delictivos no debe ser el castigo sin más, debiéndose procurar su integración social y evitar que sea privado de su derecho a la educación. Nuestro país ya cuenta con el Decreto Legislativo 1348 para implementar el código de responsabilidad penal del adolescente. Los adolescentes que cometen infracciones no son ni inocentes ni son absueltos, son sujetos a un sistema penal juvenil especializado. Necesitamos fortalecer ese enfoque“, resaltó Unicef.

Análisis de expertos

Maria Barletta, profesora de la Clínica Jurídica de la Facultad de Derecho - PUCP, dijo a El Comercio que estamos frente a un sujeto que innegablemente, en base a distintas ciencias y disciplinas, no es adulto, sino un adolescente. Por más que efectivamente tenga experiencias tempranas de infracción a la ley penal, es un individuo que según la neurociencia todavía no tiene plenamente desarrollado, por ejemplo, el lóbulo prefrontal del cerebro, que tiene que ver con la inhibición de conductas. O sea, dadas sus características propias, el adolescente es impulsivo y no mide los riesgos de sus decisiones.

Darle un trato distinto podría más bien consolidar en este individuo su identidad como delincuente, porque el adolescente está en una etapa en la cual está en construcción de identidad. Si a este adolescente lo vamos a tratar como un delincuente, tenga por seguro que lo que estamos haciendo es aumentar la probabilidad de que continúe en una trayectoria”, detalló.

Barletta también refirió que las evidencias y la ciencia plantean desde lo que es la criminología del desarrollo que en lo que tenemos que poner más atención es en temas de factores de riesgo. Es decir, en ver qué cosa pudo haber contribuido a que este individuo tempranamente se viera involucrado en una infracción a la ley penal, que tiene que ver muchas veces con el contexto familiar y social de donde proviene.

En realidad, para mí y para muchos que estudian el tema, el enfoque punitivo es un populismo penal, desde el gobierno se hace creer a la ciudadanía que se está haciendo algo con la seguridad ciudadana, utilizando a los adolescentes como chivos expiatorios de su ineficacia para políticas. Si uno averigua las cifras de adultos involucrados en delitos, va a ver que estaremos bordeando los 95.000 a nivel nacional. Mientras que las cifras de adolescentes privados de libertad deben estar bordeando los 1.800. Ahí nomás nos damos cuenta de la incidencia o la relevancia con respecto a este tema“, precisó.

Los adolescentes que cometen infracciones no son ni inocentes ni son absueltos, son sujetos a un sistema penal juvenil especializado.
Los adolescentes que cometen infracciones no son ni inocentes ni son absueltos, son sujetos a un sistema penal juvenil especializado.

Por ello, la experta reiteró que no hay justificación alguna para esta medida, así no se quiera nombrar el tema de los derechos humanos, sí existe evidencia en la ciencia: esta ley es lo peor que se puede hacer si si lo que se quiere es revertir una trayectoria delincuencial. Así lo plantea la criminología crítica.

No dudamos que habrán situaciones que ameriten privación de libertad, pero esta tiene que corresponder a lo que necesita el individuo en términos de tratamiento, no en términos de represión o mirada punitiva de quererlos ver y tratar como adultos, pues se hace caso omiso a todo los avances en la ciencia y en la criminología para tratar de responder a esta problemática“, enfatizó Barletta.

Por su parte, Maria Angelica Pease, psicóloga e investigadora especialista en adolescencia de la PUCP, comentó que “es una situación muy alarmante la que se ha emprendido con esta aprobación de ley”. Detalló que este tema se viene discutiendo desde hace mucho tiempo y en cada ocasión se tuvo una posición más razonable que la que se ha tenido ahora. Sostuvo que le es imposible no concluir que es un intento populista de mostrar un trabajo contra la criminalidad que no corresponde con la realidad.

Si vemos, por ejemplo, los estudios que está haciendo UNICEF, UNFPA, Naciones Unidas, muestran que el 98% de los casos de criminalidad son cometidos por adultos, no por jóvenes. Entonces, no logro entender a qué corresponde este deseo de cambiar el sistema de sanción cuando no está el foco del problema allí. No se va a resolver el problema de la criminalidad en el Perú bajando la responsabilidad penal a los 16 años. Eso no va a cambiar”, aseveró.

Además de ello, Pease indicó que la nueva ley viola la Comisión de Derechos del Niño y una serie de convenios que el Estado peruano suscribe. Existe una razón por la cual un adolescente de 16 años tiene responsabilidad parcial, abundante evidencia que muestra que hay una serie de procesos que están en camino de logro en esta etapa de desarrollo. “Es aberrante ( la norma) por donde se mire y es una alerta muy grande” consideró.

Incluso los 18 años es una edad bastante temprana, pero un adolescente de 16 años, en edad escolar, tiene todavía mucho de sus aspectos que tienen que ser acompañados, trabajados, por lo tanto no se puede equiparar su posibilidad de planificar, de tomar decisiones, de jerarquizar, de tener juicio crítico, a la de los adultos, que es lo que esta ley está estableciendo. Lo que está diciendo es que serán tratados como adultos, funcionan como adultos, y eso es un error conceptual“, señaló.

Expertos señalaron que no hay justificación alguna para esta medida.
Expertos señalaron que no hay justificación alguna para esta medida.

Por otro lado, la especialista mencionó que el sistema penitenciario que tenemos no es rehabilitador para nadie, ni para los adultos tampoco, entonces vamos a internar a los adolescentes con penas más largas en escuelas de las criminalidad, adolescentes que además están en una etapa donde son sumamente vulnerables e influenciables. Por lo tanto, se le inserta en un ambiente que solo le va a hacer más daño, y que va hacer que su camino de criminalidad sea más probable. Agregó que parece que ignoraron toda la evidencia del desarrollo adolescente .

Negar la posibilidad del cambio nos pone en esa concepción de que estas personas no merecen recibir nada, que es un poco la aproximación que se suele tener en sistemas como el nuestro, que invierten muy poco en sus sistemas penitenciarios. Nosotros realmente no logramos un cambio y crecimiento en las personas por los pocos recursos que existen para hacerlo, pero eso no significa que no sea posible. O sea, hay sistemas penitenciarios en el mundo que permiten el crecimiento y desarrollo de personas, adolescentes y adultos“, puntualizó.

Por otro lado, el exviceministro del Interior Ricardo Valdés enfatizó que no está de acuerdo con la Ley 32330 por los siguientes motivos: la norma contraviene la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos, así como la Constitución Política del Perú; los adolescentes de 16 a 18 años tienen un sistema especial de justicia juvenil, que considera como una medida socioeducativa la privación de libertad de hasta 10 años; y tratar a un adolescente como un adulto es perjudicial porque no busca su reinserción ni tiene enfoque socioeducativo.

Los establecimientos penitenciarios están hacinados, por lo que en vez de resocializar al adolescente se promovería su carrera criminal. También se limita la oportunidad de que este acceda a programas de rehabilitación, reinserción y desarrollo personal. Además, es conocido que las organizaciones criminales buscan adolescentes para que realicen actos delictivos debido a que eran inimputables para la ley penal. Ahora, es altamente probable que busquen a menores de 16 años“, añadió.

En cuanto a cómo mejorar el tratamiento de jóvenes infractores, Valdés consideró que se debe buscar medidas que aborden las causas estructurales que permite que los adolescentes se dediquen a las actividades criminales. Sugirió además que el personal también sea especializado para permitir una atención adecuada. “El punto central es la resocialización de los adolescentes para que no sean reincidentes”, dijo.

Otras implicancias de la ley

Percy del Castillo, abogado experto en derechos humanos y seguridad ciudadana, destacó que la norma se promulga en un contexto de hacinamiento de los penales en el país. Esto, además de poner en riesgo a los menores, podría generar un clima de tensión en las cárceles, lo que podría traducirse en motines. Por ello, consideró poco probable que en la practica haya un tratamiento diferenciado para los jóvenes dentro de los penales.

No es una cuestión tan sencilla decir que el adolescente va a estar separado. En muchos de los penales, los talleres no están en los pabellones. Los servicios médicos también van a tener que compartir, porque hay un solo tópico en los penales. No van a crear un tópico aparte, no van a crear un taller aparte, no van a crear aulas aparte porque no hay espacio, eso es imposible”, resaltó el abogado.

Del mismo modo, Ricardo Elías, socio de Estudio Elías Puelles, explicó que se está contraviniendo el artículo 4 de la Constitución, el cual establece que la familia y los menores de edad son los fines supremos de esta. “En este caso, específicamente se está yendo en contra de la Convención sobre los Derechos del Niño, que establece un sistema de justicia especializado siempre a favor de los menores”, subrayó.

Ambos expertos coincidieron en que la norma no impedirá que las redes criminales continúen utilizando a menores de edad para sus acciones. Por el contrario, podría provocar que estas sean más violentas, ya que los menores podrían resistirse con mayor fuerza ante la posibilidad de ser intervenidos o detenidos.